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Alta voluntaria

M.J. Cortés Gómez, M.A. Girbés Calvo, R.A. Penadés Antolín

Resumen :

     Según la Ley General de Sanidad (25/04/1986) el paciente está obligado a firmar el documento de alta voluntaria en los casos de no aceptación del tratamiento. De negarse a ello, la Dirección correspondiente del centro sanitario, a propuesta del facultativo encargado del caso, podrá dar el alta.

     Por otra parte, según dicha ley, el paciente tiene derecho a recibir su informe de alta al finalizar la estancia.

     Pero ¿por qué piden el alta voluntaria? ¿Existe relación con la edad del paciente, la franja horaria de su demanda de atención, el estado en que se encuentra...?

     Intentamos en este estudio esclarecer esta serie de premisas y dejar constancia por otra parte de los derechos y obligaciones de los pacientes en esta situación. Para ello utilizamos pacientes de 0 a 102 años. Debemos dejar claro que los pacientes comprendidos entre 0 y 17 años no deciden por si solos sino que el alta voluntaria es voluntad de su padre, madre ó tutor. 

Palabras clave :

     Alta voluntaria. Ley General de Sanidad.

Introducción :

     En el año 2002,un 0.2% de las altas que se dieron en el Hospital de la Ribera (servicio de urgencias),fueron altas voluntarias. 

    Se nos crea entonces la duda de si guardaba relación el alta voluntaria con la edad, sexo, franja horaria ó estación del año.

     Así hicimos un estudio descriptivo y retrospectivo de las altas voluntarias dadas en el 2002 con el fin de analizar estas premisas, y reflejar según la L.G.S las obligaciones de los pacientes en estos casos así como sus derechos.

Material y método :

  • Estudio descriptivo y retrospectivo de un año de duración.

  • Relación de pacientes dados de alta voluntaria en el año 2002 según datos informáticos del propio hospital. (Usuarios de 0 a 102 años).

  • No consideramos parte de la población los pacientes dados de A.V comprendidos entre 0 y 17 años por no depender de los mismos la toma de decisión. Consideramos entonces como el 100% de la población los pacientes comprendidos entre 18 y 102 años.

Resultados :

     Reflejados en las tablas.

Conclusiones :

  1. No es valorable el alta voluntaria en pacientes de 0 a 17 años porque no es voluntad propia en sí sino que dependen directamente de su padre, madre ó tutor. Pero sí que es un dato significativo que del total de las altas voluntarias estudiadas, este grupo de edad refleja el 28% de las mismas. Aún así y por el motivo comentado anteriormente, no lo consideraremos parte de la población, tomando únicamente los pacientes de 18 a 102 años como el 100% de la población a estudio. 

  2. No existe relación alguna con el sexo de los pacientes que solicitan el A.V (hombres 51% y mujeres 49%)

  3. El 84% de las A.V fueron en pacientes aquejados de enfermedad común, mientras que sólo un 2% se da en accidentes de tráfico.

  4. Más de la mitad de las A.V (52%) se da en población de 21 a 65 años.

  5. El mayor porcentaje de las A.V se dan en meses con período festivo: Navidad, Pascua y verano.

  6. Del total de urgencias atendidas en el 2002 el A.V. supuso un 0.14%.Si se hubiera considerado la población menor de edad, nos encontraríamos ante un 0.2% de las urgencias atendidas.

  7. El porcentaje de alta voluntarias es mayor en franjas horarias de mayor saturación del servicio de urgencias, de 15 a 22 horas.

  8. Más de la mitad de los pacientes que se fueron de A.V (57%) no tienen constancia de la evolución ó comentarios de su patología en su informe, pero esta variable no fue motivo de estudio ya que pese a no tener comentario, sí se veía reflejado si se trataba de enfermedad común, accidente de tráfico, orden judicial ó accidente casual, con lo cual no nos impedió alcanzar el objetivo del estudio. 

Bibliografía :

  • Ley General de Sanidad del 25/04/1986.

  • Bases de datos informáticos del Hospital de la Ribera.

 

 

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